Mejoramiento de Vivienda para Atención de Emergencias
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Este beneficio, busca atender las necesidades de reparación de los daños sobre viviendas de personas, hogares o familias afectadas por un fenómeno natural o antrópico, con declaratoria de Emergencia Nacional o Local, dentro del periodo de atención de esta.
Se refiere a la reparación de los daños que sufrió la vivienda y/o terreno donde se encuentra la misma, siendo necesario para cubrir gastos referentes a la reparación de la vivienda y la construcción de obras complementarias de estabilización de suelos, como obras de contención, construcción de drenajes, canalizaciones, perfilado y conformado de terreno, pago de horas maquinaria, pago de mano de obra, materiales, acarreo, transporte, entre otros; asimismo los gastos de implementación como: diseños, planos constructivos, pago de pólizas, permisos de construcción, pago de servicios profesionales, presupuestos; mediante una transferencia monetaria que se gira a dichas familias.
Descargue aquí folleto informativo del beneficio
¿Cuáles son los requisitos?
Generales
Las personas u hogares solicitantes de beneficios, subsidios y transferencias monetarias individuales deben presentar los siguientes requisitos generales, los cuales pueden presentarse en formato digital:
- Presentar la cédula de identidad vigente o documento de identificación válido de la persona que realiza el trámite para la solicitud de beneficios, subsidios o transferencias monetarias, la cual se verificará mediante la consulta al Tribunal Supremo de Elecciones o a la Dirección General de Migración y Extranjería. En caso de declaratoria de estado nacional de emergencia emitida por el Poder Ejecutivo o por normativa externa de rango superior que coincida con los fines y objetivos del IMAS, se aceptará la consulta al Tribunal Supremo de Elecciones y la Dirección General de Migración y Extranjería, sobre la persona a quién se le realizará la resolución del beneficio, subsidio o transferencia monetaria como representante del hogar.
- Es importante aclarar que en el momento de la atención del hogar por parte de una persona profesional del IMAS, se verificara que el hogar cuente:
• Con un registro administrativo en SINIRUBE, el cual puede obtenerse por medio de la persona funcionaria que le atiende.
• Con un registro de ingresos en el SICERE por cada integrante del hogar. De no contar con este registro, la persona solicitante debe completar una declaración jurada firmada por hogar, indicando que la información constatada o actualizada es correcta. Declaración jurada firmada por la persona que realiza el trámite mediante la cual se indique que la información constatada o actualizada es correcta e indicando un correo electrónico para notificaciones. Se aportará una única declaración jurada por hogar.
Si la persona usuaria cuenta con el registro de ingresos en el SICERE no se le solicitará la declaración jurada establecida en el inciso ii) anterior.
Descargue aquí el modelo de declaración jurada
Específicos
a) En caso de requerirse el motivo de gastos de implementación se debe presentar:
- Solicitud de la persona interesada para cubrir los gastos de implementación que se requieren, con la cual justifique su imposibilidad de cubrir dichos gastos.
- Una factura proforma u oferta a nombre de la persona solicitante donde se detallen los costos de los servicios profesionales, pólizas de riesgos de trabajo, impuestos o cánones establecidos para la obtención de permisos requeridos para realizar el proyecto.
- Nota de aporte complementario de imprevistos suscrita por la persona solicitante.
b) En caso de haber tenido con anterioridad el subsidio para el motivo de gastos de implementación para mejoramiento de vivienda o que se ingrese directamente al motivo de mejoramiento de vivienda, en sus dos modalidades, se debe presentar:
- Una factura proforma, a nombre de la persona que solicita una transferencia económica, que detalle la descripción de cada bien o servicio a adquirir recomendado por la persona fiscalizadora de inversión de obras civiles del IMAS y el tiempo de vigencia de los bienes o servicios ofertados.
- Documento de oferta de mano de obra con el nombre, firma de la persona oferente, número de identificación y plazo en el que ofrece el servicio, así como el desglose de las obras a realizar con sus respectivos costos unitarios y totales. El monto máximo para otorgar por concepto de mano de obra para mejoramiento de vivienda debe ser menor o igual al 60% del costo total de los materiales y en el caso de mejoramiento de vivienda para atención de emergencias debe ser menor o igual al 100% del costo total de los materiales.
- Nota que indique el número de finca en que se encuentre la vivienda a mejorar, con el cual la persona funcionaria que atiende a la solicitante obtendrá el informe registral digitalmente y que debe corresponder al plano de catastro. En caso de que el inmueble no se encuentre inscrito a nombre de una de las personas que integran el hogar solicitante, deberá aportar: 1-Constancia de adjudicación de INDER, INVU u otras instituciones públicas.; 2-autorización de la Comisión Nacional de Asuntos Indígenas (CONAI) o la respectiva Asociación de Desarrollo Indígena en el caso de territorios o reservas indígenas; 3- Concesión Municipal según sea el caso. En cualquiera de estos tres documentos debe demostrarse que el terreno de la casa a mejorar está segregado. Este requisito será verificado a lo interno del IMAS.
- Copia del plano catastrado del terreno en donde se realizarán las mejoras cuando exista. En territorios o reservas indígenas no es un requisito aportar el plano de catastro.
- Constancia o documento emitido por la persona acreedora, en caso de hipotecas inscritas y anotadas, que demuestre que la hipoteca está cancelada o al día en el pago de sus cuotas e intereses. En el caso de que el acreedor sea una persona física debe aportar cédula de identidad vigente o documento de identificación válido, o personería jurídica y cédula del representante legal si es persona jurídica.
- Autorización o permiso municipal de construcción, o documento de la municipalidad respectiva que indique que la obra no lo requiere. Este requisito será verificado a lo interno del IMAS.
- Lista de materiales a financiar firmada por la persona profesional responsable o por la persona que dirija la obra.
- Croquis de las obras a construir o plano constructivo de acuerdo con la normativa vigente.
- Nota de aporte complementario de materiales, mano de obra e imprevistos suscrita por la persona solicitante.
- En caso de Mejoramiento de Vivienda para Atención de emergencias se debe agregar a los requisitos anteriores, una nota emitida por la Comisión Nacional de Prevención de Riesgos y Atención de Emergencias (CNE) o el Comité Municipal de Emergencias (CME) o la entidad competente donde se indica que la persona solicitante ha sido afectada por una emergencia. Este requisito será verificado a lo interno del IMAS.
El IMAS cuenta con un Catálogo de Trámites, publicado en la página Trámites Costa Rica del Ministerio de Economía, Industria y Comercio-MEIC. En dicho catálogo se pueden consultar los beneficios que otorga el IMAS con sus requisitos y el fundamento legal de dicho requisito.
Link: https://tramitescr.meic.go.cr/tramites/BuscarTramites.aspx
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