Emprendimiento Productivo Individual
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Es el financiamiento no reembolsable para facilitar la creación y fortalecimiento de actividades productivas lícitas de acuerdo con los siguientes motivos: producción agropecuaria, comercio, artesanía, vestuario y calzado, productos alimenticios, agroindustrial e industrial y participación en ferias, entre otros; con el fin de mejorar la situación socioeconómica de las personas, familias y hogares.
El beneficio Emprendimiento Productivo, permite el financiamiento de solicitudes individuales para la adquisición de maquinaria y equipo, materia prima, capital de trabajo, apoyo en la comercialización, construcción de obras de infraestructura productiva, pago de gastos de implementación (planos, permisos de construcción, pólizas, movimiento y/o compactación de tierras, mano de obra, así como cualquier otro gasto que se relacione con el proceso de implementación de una actividad productiva), reparación o mantenimiento de equipo y otros que se demanden en el inicio o consolidación de una actividad productiva.
¿Cuáles son los requisitos?
Generales
Las personas u hogares solicitantes de beneficios, subsidios y transferencias monetarias individuales deben presentar los siguientes requisitos generales, los cuales pueden presentarse en formato digital:
- Presentar la cédula de identidad vigente o documento de identificación válido de la persona que realiza el trámite para la solicitud de beneficios, subsidios o transferencias monetarias, la cual se verificará mediante la consulta al Tribunal Supremo de Elecciones o a la Dirección General de Migración y Extranjería. En caso de declaratoria de estado nacional de emergencia emitida por el Poder Ejecutivo o por normativa externa de rango superior que coincida con los fines y objetivos del IMAS, se aceptará la consulta al Tribunal Supremo de Elecciones y la Dirección General de Migración y Extranjería, sobre la persona a quién se le realizará la resolución del beneficio, subsidio o transferencia monetaria como representante del hogar.
- Es importante aclarar que en el momento de la atención del hogar por parte de una persona profesional del IMAS, se verificara que el hogar cuente:
• Con un registro administrativo en SINIRUBE, el cual puede obtenerse por medio de la persona funcionaria que le atiende.
• Con un registro de ingresos en el SICERE por cada integrante del hogar. De no contar con este registro, la persona solicitante debe completar una declaración jurada firmada por hogar, indicando que la información constatada o actualizada es correcta. ii. Declaración jurada firmada por la persona que realiza el trámite mediante la cual se indique que la información constatada o actualizada es correcta e indicando un correo electrónico para notificaciones. Se aportará una única declaración jurada por hogar.
Si la persona usuaria cuenta con el registro de ingresos en el SICERE no se le solicitará la declaración jurada establecida en el inciso ii) anterior.
Descargue aquí el modelo de declaración jurada
Específicos
- Una factura proforma a nombre de la persona que solicita una transferencia económica que detalle la descripción de cada bien o servicio a adquirir y el tiempo de vigencia de los precios ofertados.
- Copia del permiso sanitario de funcionamiento o habilitación del Ministerio de Salud, cuando corresponda, o documento emitido por dicha entidad que indique que el permiso no se requiere. Este requisito será verificado a lo interno del IMAS
- Copia de patente municipal, cuando corresponda, o documento emitido por dicha entidad que indique que no se requiere. Este requisito será verificado a lo interno del IMAS
- Contrato de alquiler o préstamo de la persona física o jurídica propietaria del inmueble a favor de la persona solicitante con indicación del número de matrícula del inmueble, cuando aplique, y adjuntar copia de cédula física de la persona propietaria o personería jurídica en caso de que el propietario sea una persona jurídica.
- Cuando la solicitud incluya construcción de obras deben agregarse los requisitos correspondientes al subsidio Mejoramiento de Vivienda que no hayan sido indicado en este artículo.
- Aportar uno de los siguientes documentos: Certificado de capacitación técnica en la actividad a desarrollar. Notas de clientes que demuestren que la persona interesada cuenta con experiencia en la actividad a desarrollar. Documento que acredite antecedentes en la actividad a desarrollar o declaración jurada de la persona interesada de que conoce la forma de producción del bien o servicio que va a producir.
- Documento que demuestre que el ganado está libre de brucelosis, cuando corresponda.
- Certificado veterinario de operación para el caso de actividades reguladas por el SENASA. Este requisito será verificado a lo interno del IMAS
- Documento del aporte de los gastos que no estén cubiertos y sean indispensables para el desarrollo del emprendimiento o se generen en el desarrollo de este a saber: transporte de equipo, instalación, mantenimiento, pólizas cuando corresponda y otros.
- Nota de INCOPESCA en la que indique la disponibilidad de licencias para desarrollar la pesca turística. La persona beneficiaria tendrá un plazo de 60 días hábiles a partir del momento en que se compre la embarcación y el motor para presentar la licencia. Este requisito será verificado a lo interno del IMAS.
El IMAS cuenta con un Catálogo de Trámites, publicado en la página Trámites Costa Rica del Ministerio de Economía, Industria y Comercio-MEIC. En dicho catálogo se pueden consultar los beneficios que otorga el IMAS con sus requisitos y el fundamento legal de dicho requisito.
Link: https://tramitescr.meic.go.cr/tramites/BuscarTramites.aspx